
La recientemente publicada Ley 11/2021 en el Boletin Oficial del Estado (BOE) de España obliga a informar a Hacienda de la posesión de criptomonedas o criptoactivos cuando se encuentran depositados en operadores situados en el extranjero.
Si el operador está establecido en España, son éstos los obligados a informar de los saldos y movimientos de sus clientes. Parece que la redacción del mensaje contenido en el BOE del pasado 10 de julio puede considerarse, al menos, peculiar. Peculiar porque es la primera vez que el diario que certifica nuestra oficialidad reconoce la existencia de las criptomonedas.
También, aunque seguramente menos, por las características del discurso que sirve de contexto: la lucha contra la evasión fiscal, el blanqueo de dinero y lasactividades terroristas.
La prácticamente exclusiva vinculación de las criptomonedas con los peligros y amenazas, sin mención alguna a susoportunidades, es un clásico de los lenguajes oficiales.
Pero, sobre todo, es peculiar porque, hablando de las criptomonedas, no utiliza este término. Incluso parece que lo estuviera evitando. Seguramente para no atar su acción a una siempre difusa definición. Más allá del mandato enviado a través del BOE, quedan todavía bastantes cosas por aclarar.
Eso sí, un mensaje claro: el Estado va a apuntar a quien posee criptomonedas. Quien olvide informar acerca de ellas podrá ser multado con5.000 euros.
Sabíamos que la mayor regulació iba a llegar, veremos el rumb o que toma en los siguientes años, máxime cuando lleguen las criptomonedas de los bancos centrales.